El caso del antipoeta abrió un tema complejo: la preservación de los archivos y documentos de artistas, partiendo por su hermana Violeta.
Por Juan Carlos Ramírez F. (12 de enero 2018, La Segunda)
Este lunes Cristóbal “Tololo” Ugarte y Colombina Parra se querellaron -en nombre de su abuelo y padre Nicanor- contra el coleccionista César Soto, y a todos los involucrados, por poseer cuadernos y documentos escritos por él. Habrían sido vendidos por el mismo hijo del antipoeta, Juan de Dios “Barraco” Parra que ahora vive en México.
Esto nos lleva a pensar en el destino de los objetos de otros artistas patrimoniales del país. Sin ir más lejos, Violeta Parra. Se sabe que Nicanor es custodio de sus cartas en Las Cruces y su guitarra, arpa, óleos y elementos personales en La Reina. Más complejo, por no estar en manos de él ni de su familia son las grabaciones radiales de la artista, perdidas hace décadas. El Museo Violeta Parra ha solicitado desde el año pasado que cualquiera que se sienta motivado a donar “obras, fotografías, manuscritos, registros sonoros, audiovisuales o primeras ediciones de libros” se contacten con la institución.
Violeta traspapelada
“Siempre va a haber producción traspapelada , más que perdida”, dice Paula Miranda. Ella es académica de la UC, especialista en poesía chilena y autora de “La poesía de Violeta Parra”. Dice que de ella siempre aparecerán cosas nuevas porque “fue muy prolífica y tuvo una vida muy nómade”. “Estoy segura que de Violeta hay cuadernos manuscritos de investigación y composición. Y probablemente más cintas de audio, que desconocemos. Por ejemplo, las grabaciones que tenemos de ella entrevistando a siete cantores mapuches no han podido ser publicadas, aunque están disponibles en la Mediateca de la U. de Chile”. El año pasado se publicó “Violeta Parra en el Wallmapu”, un estudio sobre los alcances y trascendencia de esas grabaciones.
De todas maneras, hablar de valor comercial o patrimonial de este tipo de trabajos es complejo. “Tanto la obra inédita, como la servilleta escrita, pertenecen en la misma medida al autor que las creó. Aunque es más clara la ley respecto del primer tipo de creación. De ahí la actitud de algunos coleccionistas o fans de querer poseer al autor y su obra, a través de un objeto de ese autor, muchas veces extraliterario, como es, por ejemplo, el autógrafo o la misma servilleta”.
Miranda se acuerda cuando Neruda decía: “Publicarán hasta mis calcetines”, quejándose del fetichismo. “En el caso de Nicanor ocurre algo distinto, porque él ha escrito en bandejas, con su Mr. Nobody, el corazón que habla, en tablitas de Isla Negra, en servilletas y cuadernos. Y esos trabajos son parte de su creación, de su obra. Por lo tanto, Nicanor tiene sobre esos cuadernos o servilletas, los mismos derechos que tiene sobre su obra. Ahora, si él regala o vende esa servilleta, dejará de ser él el dueño de ese objeto específico, pero no perderá su autoría o su derecho de autor. O sea, el nuevo dueño de esa servilleta no podría publicarla ni usufructuar de ella”.
Ronald Key y la autoralidad
No es primera vez que los descartes y textos dispersos de Parra son dados a conocer públicamente. En 1975, Ronald Kay (1941-2017), casado en esa época con su hija Catalina Parra, publicó en el único número de la revista “Manuscritos” las piezas que llamó “Los Descartes de Parra”.
En la publicación, Kay dice que fueron tomadas a partir de “un rastreo por la masa del trabajo escritural que Parra ha ido dejando fuera de obra a lo largo de muchos años (…). Son los manuscritos abandonados o rechazados por Parra: los que ha considerado como restos, excesos, desaciertos, actos gratuitos, licencias, pre-textos o también material de reserva”.
El curador Justo Pastor Mellado suspira y aclara, molesto: “Esto no tiene nada que ver con el derecho de autor, sino con el concepto de «autoralidad» y todos aquellos materiales que lo comprometen. Lo que habría que saber es qué hay en esos cuadernos de Nicanor Parra. ¿Son, en sentido estricto, obras? Eso debería definirse en estudios posteriores luego de un trabajo previo de edición que define, en el fondo, el carácter de lo escrito”.
Un problema, dice Mellado, es “cómo un material de esta naturaleza llega a manos de un coleccionista. Y claro, por qué éste no se hace la pregunta sobre cómo fueron obtenidos estos documentos y sus condiciones de trazabilidad”.
El catálogo razonado
En las artes visuales existe el catálogo razonado. Un trabajo donde los expertos registran y organizan toda la obra de un artista. Y eso constituye la certificación.
“Los catálogos razonados son fundamentales, pero escasos en Chile”, explica el académico de la UC Pablo Chiuminatto. “El tema de la autentificación en el arte más reciente es urgente. Hay falsificación en Chile y al igual que lo que ocurre con los libros pirata, cuando nos dicen que nadie lee, y resulta que se venden miles de libros pirata en las calles y ferias. Lo mismo ocurre con el arte más reciente; pareciera que hay un mercado muy reducido, pero hay falsificación de artistas visuales”.
Chiuminatto dice que es importante la validación de estas otras esferas de las artes visuales. “Son fundamentales para el desarrollo y la proyección de un mercado nacional e internacional”.
“Es importante ante cualquier duda en la autoría de artistas vivos recurrir a las galerías que los representan o a ellos mismos. Aunque lo principal es saber que si compras un Picasso por 500 mil pesos lo más seguro es que no estés ante una oportunidad, sino ante un timo”.
Miranda destaca el caso de Francia, donde solo para acceder a cartas inéditas de autores no vivos tienes que presentar tu certificación de académico (y por lo mismo, de doctor), y solo los herederos o los albaceas pueden publicar dicho material. “En Chile falta mucho todavía, pues son temas que requieren ser repensados a la luz de los cambios epocales, especialmente tecnológicos y legales. Si hace algún tiempo estudiábamos los manuscritos de una obra, luego hubo que estudiar los dactiloscritos y hoy tenemos que estudiar las distintas versiones digitales que el autor guarda en su computador”.
Ley chilena Borradores protegidos
El abogado Rodrigo León, del Estudio Silva, especializado en Derecho de Autor, ilustra legalmente la situación de Nicanor Parra: “Si un hijo toma bienes del padre, si no existe algún tipo de representación, efectivamente no los puede vender. Salvo que el padre los haya entregado a su hijo en propiedad. Es indiferente el estado en que estén los escritos. Los borradores están tan protegidos como los documentos finales, en la medida que se trate de obras”.
Además, aclara que en Chile por el solo hecho de crear, la obra queda protegida, aunque se recomienda registrarla. “La protección del derecho de autor en virtud del principio de protección automática recogido desde hace años en el Convenio de Berna, principal tratado internacional en la materia, es asumido en Chile en el Art. 1 de la Ley 17.336. Así, al crear la obra esta queda protegida”.